Qué se puede denunciar
Todo hecho presuntamente irregular vinculado al ejercicio de la función pública provincial o municipal. No hace falta que usted sepa cómo se llama el delito: describa lo que vio o lo que sabe, y el encuadre jurídico es tarea nuestra. Estas son las situaciones más frecuentes:
Coimas y sobornos
Un funcionario pide o acepta dinero, regalos o favores para hacer, apurar o frenar un trámite, una habilitación, una inspección o una contratación. El Código Penal lo llama cohecho y exacciones ilegales.
Desvío de fondos o bienes públicos
Plata, materiales, combustible, maquinaria o personal del Estado aplicados a fines privados o distintos de los previstos. Son los delitos de malversación y peculado.
Contrataciones y obra pública irregulares
Licitaciones dirigidas, sobreprecios, obras pagadas y no ejecutadas, fraccionamiento de compras para evitar controles, proveedores "de favor". Puede configurar fraude a la administración pública.
Planes sociales y subsidios
Beneficiarios inexistentes, retenciones indebidas de ayudas, uso clientelar de programas públicos, subsidios que no llegan a destino.
Funcionarios que contratan con el Estado
Un funcionario que, directamente o por interpósita persona, se interesa en un contrato u operación en la que interviene por su cargo. Es el delito de negociaciones incompatibles (art. 265 CP).
Enriquecimiento injustificado
Patrimonio de un funcionario que crece de manera notoriamente desproporcionada con sus ingresos legítimos y no puede justificarlo (art. 268(2) CP).
Abuso de autoridad e incumplimiento de deberes
Actos dictados contra la ley, omisión deliberada de deberes funcionales, persecuciones o favoritismos manifiestos (arts. 248 y 249 CP).
Conflictos de interés y ética pública
Incompatibilidades, doble rol público-privado en un mismo trámite, uso de información privilegiada, nepotismo en designaciones.
Podrá denunciarse todo hecho presuntamente lesivo de la ética pública, del patrimonio del Estado y del recto funcionamiento de la administración provincial y municipal. Criterio del Proyecto de Ley — Sistema Provincial de Denuncias Ciudadanas (art. 7), presentado ante la Legislatura del Neuquén
¿Y si mi caso no encaja en ninguna categoría?
Denúncielo igual y elija «Otro hecho vinculado a la función pública». El análisis preliminar determinará el camino: a veces un hecho que parece menor es la punta de una irregularidad mayor; y si el canal no es el adecuado, se le indicará en el seguimiento cuál corresponde.